¿Tu empresa se ha visto afectada por el COVID-19? Te asesoramos en la gestión profesional de tu empresa.

En Scentia Alliance contamos con un gran equipo de profesionales para guiarte para obtener los mejores resultados.

La situación económica ha sufrido grandes cambios a causa del COVID-19. Muchas empresas, pymes, micro-pymes y autónomos, os encontráis en una situación de riesgo y posiblemente no veáis clara vuestra continuidad.

Sabemos que resulta complejo la toma de decisiones y el proceso a llevar a cabo para mantenerse y salir a flote después de este parón de ingresos. Por ello, en Scentia Alliance encontraréis a vuestro equipo de confianza para gestionar profesionalmente vuestra empresa.

Estamos sufriendo un cambio sustancial y hay que adaptarse a los nuevos tiempos que vienen, adelantarnos a nuevos acontecimientos y estar preparados. Gestionar correctamente la situación económica es primordial para poder seguir trabajando teniendo un máximo control de beneficios y gastos.

Desde nuestras diferentes áreas, analizaremos vuestra situación y os ayudaremos a manteneros en pie,  os daremos la mano en los momentos más difíciles y juntos tomaremos las mejores decisiones.

Ante cualquier duda, consulta con nosotros, recuerda que ahora más que nunca es momento de dar los pasos adecuados. Escríbenos a info@scentiaalliance.com

Exoneración de deudas a través de la Ley de Segunda Oportunidad. ¿Cómo se puede acceder?

La actual situación económica derivada del efecto del Coronavirus no es sino solo la punta del iceberg con el que nos vamos a dar de bruces en las próximas semanas.

Los efectos del confinamiento, en el ámbito económico, están siendo valorados , explicados y detallados en foros diversos.

Fernando Martínez, nuestro economista experto en exoneración de deudas se anticipa a las consecuencias en las que más de un autónomo, empresario o persona física se va a ver abocado tras el reinicio de la actividad económica, nos da unas breves pinceladas sobre qué supondría acceder a la solicitud de la exoneración de las deudas insatisfechas y cuáles son los requisitos que exige la Ley Concursal.

El Artículo 178 bis de la LC. dice que:

1.- “ El deudor persona natural podrá obtener el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho en los términos establecidos en este artículo, una vez CONCLUÍDO el concurso por liquidación o por insuficiencia de la masa activa.”

2.-” Podrá obtener la declaración judicial de cancelación de deudas la persona natural que, declarada en concurso, por estar en situación de insolvencia, sea deudor de buena fe”.

  • Concurso declarado NO culpable…
  • No será deudor de buena fe el que haya sido condenado por sentencia firme en los delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la hacienda pública y la seguridad social o contra los derechos de los trabajadores en los 10 años anteriores a la declaración del concurso, a no ser que acredite la extinción de la responsabilidad criminal.
  • Además de acreditar la buena fe, el deudor tiene que haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos y pagar los créditos contra la masa (necesarios para el procedimiento).
  • Si existen deudas con organismos públicos (cuyo crédito es privilegiado) el deudor deberá aceptar someterse a un plan de pagos que será aprobado por el juez del concurso para el pago de esos créditos en el plazo de cinco años, de acuerdo con su disponible mensual.

Con ello sumariamente se recoge los aspectos clave de la exoneración, ahora bien, aquellos que lleguen a este punto procesal habrán pasado por la fase previa de la liquidación. Es aquí donde conviene remarcar que se le pide al deudor respecto a sus bienes y patrimonio para ser beneficiario de esta exoneración de las deudas.

¿Qué bienes pueden permanecer en el patrimonio del deudor y bajo qué condiciones?

a) Según establece el articulo 152.2 LC , el deudor puede mantener la propiedad de bienes legalmente inembargables o desprovistos de valor de mercado o cuyo coste de realización sea manifiestamente desproporcionado respecto a su previsible valor venal

b) La nómina. El deudor puede continuar con su actividad laboral habitual. El salario mínimo inembargable, en la proporción según las características del deudor es totalmente inembargable, es decir el deudor puede disponer de él libremente durante todo el procedimiento porque no forma parte de su masa activa ( que es la que se utiliza para el pago a los acreedores si existiera).

c) Planes de pensiones. Son totalmente inembargables y por ello no se tienen que liquidar para conseguir la cancelación de las deudas.

d) Los coches , motocicletas o cualquier otro vehículo. Los vehículos deben ser liquidados siempre que de su venta se pueda obtener dinero para pagar a los acreedores. Podemos encontrarnos con coches que se están pagando y tienen una reserva de dominio por lo que la financiera tiene un privilegio especial sobre el vehículo y puede aceptar una dación en pago, una propuesta de compra o incluso que el deudor siga pagando la cuota ( si le llega con su inembargable) y conservar su vehículo. No obstante, en la práctica son muchos los deudores que mantienen su vehículo por no tener un valor de venta real o porque no se recibe ninguna propuesta de compra durante la fase de liquidación del concurso.

d)La vivienda habitual. No será necesario la liquidación de la vivienda cuando exista una hipoteca que supere el valor de la vivienda y siempre que se esté al corriente de pago y se puedan pagar los créditos contra la masa (los necesarios para la tramitación del concurso).

Existen más detalles y matices, aquí os hemos dejado los principales aspectos a los que se pueden enfrentar aquellos que vean el mecanismo de la segunda oportunidad como la única vía para la resolución de su endeudamiento provocado por esta excepcional situación.

En Scentia Alliance, contamos con expertos concursales y estamos a vuestra disposición para colaborar en este procedimiento y atender todas las consultas que deriven en la exitosa culminación de la consecución de la exoneración de las deudas.

Si estás interesado y quieres más información, envía un correo a info@scentiaalliance.com

 

Posibles escenarios a los que puede verse una empresa tras la caída de tesorería

TENEMOS QUE PROTEGER «LA CAJA»

Olvídense ahora del Balance y la cuenta de resultados, ya lo pintaremos como podamos al final; el informe a manejar ahora es el CashFlow, porque si hay algo que sabemos de las crisis recientes que hemos pasado es que la falta de Liquidez y la inacción de nuestros gobernantes es la que acaba con las empresas.

Dicho esto, y entendiendo que cada empresa es un mundo, un pequeño ejemplo muy resumido de matriz de riesgos y su reflejo en el informe de CashFlow y en plan de acción que en una compañía X podría ser este:

INFORME DE CASH-FLOW  en  los distintos escenarios

Tomemos una empresa X  que tiene sus estados financieros cerrados al 31/12/2019 y presupuesto para este año  2020  siguiente:

En su Primer escenario , antes del “coronavirus”  sus previsiones eran las siguientes:

  • No existe recorte de financiación
  • Aumento de ventas para el 2020 en un 25%.
  • Situación de partida.
  • No hay pandemia en el momento de planificar objetivos.
  • Empresa pleno rendimiento después de 2017 y 2018.
  • La empresa cuenta con líneas de financiación suficientes.

En Segundo escenario :

El escenario 2, con una caída de ventas por falta de suministros nos da un escenario futuro de ESTABILIDAD. Sin PONER EN PELIGRO LA EMPRESA. No consideramos escenarios de recorte de financiación.

  • La caída de ventas prevista supone volver a cifra del 2019, escenario optimo.
  • La empresa contando con sus líneas de circulante a pesar de los posibles retrasos en los cobros no debería tener ningún problema de liquidez.

En Tercer escenario :

  • Caída de ventas con respecto a 2019 del 30%.
  • Reducción plantilla ERTE 30%.
  • Aplazamientos de IVA e impuestos.
  • Problemas de retraso e impagos clientes.
  • Se negocia plazo con proveedores.
  • La utilización de las líneas de circulante al 100%.
  • Refinanciación bancos.
  • Reducción líneas circulante 50%.
  • Ante problemas de impago de clientes, la empresa entra en riesgo de insolvencia.

 

SIMULACIÓN CASH-FLOW EN LOS DISTINTOS ESCENARIOS:

(La empresa X cuenta con la disponibilidad de líneas de préstamo a LP y financiación de circulante indicada a fecha 31/12/2019)

El Escenario 3 recoge una situación terrible pero que está pasando: Cierran las empresas por cuarentena durante un periodo indeterminado. O más simple, nos quedamos sin materia prima básica para nuestra producción.

Recordemos que es un informe de Cash Flow que recoge los pagos ya comprometidos a proveedores  (y los cobros de lo ya vendido antes a clientes, que esperamos cobrar en gran parte)

La empresa se enfrenta rápidamente a una reducción drástica de empleo y a tener que “refinanciar sus pagos y deuda”  si quiere sobrevivir.

Curiosamente se coge aire al aumentar el disponible por la inercia que lleva la compañía siempre que los clientes no entren en la dinámica y estar así preparados ante el alargamiento de la situación.

Es un informe de corto y medio plazo porque esperemos que no dure el problema más. Ojalá dispongan de un sistema profesional de Tesorería que les actualice las posiciones sobre la marcha, porque los indicadores van a cambiar a cada momento.

Nos vienen tiempos difíciles. España es un país de servicios donde el impacto no solo de la enfermedad sino por cómo se está actuando va a traer efectos muy negativos con pérdidas de miles de millones en el sector turístico que nos va a arrastrar a todos.

La deuda española y las cuentas de la Seguridad Social a final de este año van a ser más que preocupantes.

Las Direcciones financieras tienen la clave. Su misión:  Salvar la empresa a cualquier coste. Mejor salvar 10 puestos de trabajo perdiendo 10 que perder los 20. Y convencer al dueño y/o gerente que los objetivos ahora son otros.

Con el sistema actual, la realidad económica no depende del dinero que haya en el mercado, sino la velocidad con la que se mueve. Aprovechen, compren pronto con un importante descuento que ahora podrán obtener, hagan esos proyectos que estaban aparcados y partan en una situación de ventaja cuando esto acabe con la satisfacción además de haber salvado puestos de trabajo.

Es de esperar que los organismos internacionales, el propio Estado, las comunidades autónomas expandan medidas de protección (liquidez) a empresas, Pymes y autónomos. Financiación de la recuperación con el menor daño posible de cierres de empresa y evitar en lo posible el mayor desempleo.

Desde Scentia Alliance nos ponemos a su lado para DIAGNOSTICAR  cuanto antes estos problemas de «LA CAJA» y articular en su negocio las medidas necesarias para su implantación con la mayor rapidez posible.

Línea de avales para las empresas y autónomos para paliar los efectos económicos de COVID-19

LÍNEA PARA LA COBERTURA POR CUENTA DEL ESTADO DE LA FINANCIACIÓN OTORGADA POR ENTIDADES FINANCIERAS A EMPRESAS Y AUTÓNOMOS.

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará avales a: financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos, a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez y avales por un importe máximo de 100.000 millones de euros.

Las condiciones aplicables y requisitos a cumplir se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros, sin que se requiera desarrollo normativo posterior para su aplicación.

Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO con el fin de aumentar los importes de las Líneas ICO de financiación a empresas y autónomos. 10.000 millones, facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente pymes y autónomos.

Se llevará a cabo a través de las Líneas de ICO de financiación mediante la intermediación de las entidades financieras tanto a corto como a medio y largo plazo de acuerdo con su política de financiación directa para empresas de mayor tamaño.

Entendemos que, al igual que en el caso anterior, las condiciones aplicables y requisitos a cumplir se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros.

LÍNEA EXTRAORDINARIA DE COBERTURA ASEGURADORA

Línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros (dos tramos de 1000 y 1000 millones) con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización.

  1. Serán elegibles los créditos de circulante necesarios para la compañía exportadora siempre que respondan a nuevas necesidades de financiación y no a situaciones previas a la crisis actual.
  2. Beneficiarios: las empresas españolas consideradas como Pequeñas y Medianas Empresas así como otras empresas de mayor tamaño, siempre que sean entidades no cotizadas.

LA CREACIÓN DEL PORTAL ACELERA PYME

Desde Red.es para que las PYME se puedan informar de todos los recursos que se pongan a disposición de las PYME para su digitalización y en concreto para aplicar soluciones de teletrabajo.

Medidas de apoyo financiero para la digitalización de las pymes.

El Estado podrá apoyará financieramente, mediante la financiación del Instituto de Crédito Oficial ICO para las PYMES la compra y leasing de equipamiento y servicios para la digitalización de la PYME y las soluciones de teletrabajo, movilizando en los próximos dos años más de 200 millones de euros.

ÁMBITO MERCANTIL

Aunque no lo prevean los estatutos, los órganos de gobierno y administración, así como del resto de comisiones delegadas y obligatorias, podrán llevarse a cabo por videoconferencia, esta se entenderá celebrada en el domicilio de la persona jurídica.

Así también, los acuerdos se podrán llevar a término mediante votación por escrito sin sesión siempre que lo decida el presidente o cuando lo soliciten dos miembros del órgano. Así mismo, en el caso de que se haya convocado junta general con anterioridad a la declaración del estado de alarma y sea su celebración posterior, el órgano de administración podrá revocar la convocatoria o bien cambiar la fecha.

En nuestra opinión, estas medidas facilitarán la gestión de las empresas, así como de sus órganos de decisión evitando el desplazamiento de sus directivos y administradores.

Modificación de los plazos de formulación, aprobación y depósito de cuentas anuales.

El plazo para la formulación de las cuentas anuales, ordinarias o abreviadas, individuales o consolidadas así como el resto de informes que sean legalmente obligatorios por la legislación de sociedades, queda suspendido hasta que finalice el estado de alarma, reanudándose de nuevo por otros tres meses a contar desde esa fecha.

De este modo, también se retrasará tanto el plazo de aprobación de las cuentas anuales -art 253 de la LS C así como su propio depósito -art 279 de la LSC-.

Suspensión de los plazos estatutarios derivados de una causa legal de disolución.

Aquellas empresas, en las cuales concurran una situación causa legal o estatutaria de disolución durante el periodo de alarma, el plazo legal para la convocatoria por el órgano de administración de la junta general de socios a fin de que adopte el acuerdo de disolución de la sociedad o los acuerdos que tengan por objeto enervar la causa, se suspende hasta que finalice dicho estado de alarma, asimismo, los administradores no responderán de las deudas sociales contraídas en ese periodo.

Derecho de separación del socio

Aunque concurra causa legal o estatutaria, en las sociedades de capital los socios no podrán ejercitar el derecho de separación hasta que finalice el estado de alarma y las prórrogas del mismo que, en su caso, se acuerden.

ÁMBITO CONCURSAL

Se establece una “moratoria concursal”, con objeto de evitar una posible avalancha de casos de insolvencias en los próximos meses, de forma que no haya obligación de declarar concurso de acreedores en los dos meses siguientes a la finalización del estado de alarma.

Téngase en cuenta que el estado de alarma se podría prolongar, por lo que entendemos que esta moratoria podría extenderse a más de 2 meses.

Extensión de dicha moratoria en caso de haber solicitado o solicitar pre-concurso de acreedores durante el estado de alarma, un acuerdo de re-financiación (AR) o un acuerdo extrajudicial de pago (AEP), o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio (PAC). Un reto para el sistema concursal y sus operadores (entre ellos los administradores concursales y profesionales económicos de la reestructuración) va a ser tratar de aplicar estas medidas pre-concursales (AR y AEP) y la PAC (concursal) también a las pequeñas empresas, con las debidas adaptaciones.

No se ha optado por ampliar en el RDL los 4 meses del preconcurso (artículo 5 bis) hasta 12 meses como permite la Directiva de insolvencia para estimular soluciones alternativas al concurso.

En el artículo 31 del RDL se establece como excepción que las pymes exportadoras que se encuentren en pre-concurso o concurso de acreedores no podrán beneficiarse de la línea extraordinaria de cobertura aseguradora establecida.

 

Te asesoramos para hacer frente al COVID-19

Estimados compañeros/as,

En nombre del equipo de Scentia Alliance, ponemos a vuestra disposición nuestros servicios profesionales, TE AYUDAMOS A TI Y A TU NEGOCIO A HACER FRENTE AL CORONAVIRUS.

Te asesoramos en la parte Laboral y Fiscal, te ayudamos en todo lo concerniente a la Financiación de tu actividad en estos momentos y también, si fuera necesario, planificamos tu Concurso de Acreedores previo y de forma express.

Además, tras las medidas que adopte el Consejo de Ministros en relación a empresas, autonómos y trabajadoresquedamos a tu disposición para resolver cualquier cuestión al respecto.

Envía un correo a INFO@SCENTIAALLIANCE.COM y nos pondremos en contacto contigo lo más rápido posible.

Transformación Digital: ¿Un camino fácil para la PYME?

Cuando vemos las de actuación que se están proponiendo a las Microempresas, Pymes y Empresas en general para tener éxito “o sobrevivir” en este aún incipiente entorno digital, todas parecen pasar de forma inevitable por la incorporación de «nuevas tecnologías», que muchas veces no tienen el suficiente grado de madurez para transformar un negocio y convertirlo en digital.

Hay dos ámbitos de la empresa donde aplicar estas tecnologías:

  • Aspectos, funciones, procesos internos (back office)
  • Relaciones externas principalmente clientes (front office)

Normalmente, cuando desde el ámbitos académico o profesionales se sugieren alternativas tecnológicas a las empresas, estas suelen ser de dos tipos:

  • Tecnologías Orientadas a automatizar procesos existentes, buscando mejorar en eficacia y eficiencia.
  • Otras tecnologías de mayor calado que conllevan cambios organizativos significativos para adaptar el modelo de negocio al entorno digital, y así aprovechar el potencial de éstas para lograr una efectiva permeabilización digital de la empresa.


En ocasiones, tecnologías incipientes de carácter disruptivo como cloud computing, big data, robótica colaborativa, blockchain, inteligencia artificial, machine learning, realidad aumentada o internet de las cosas, están siendo objeto de implantación precipitada, de huida hacia adelante, con el objeto de intentar mantenerse en la cresta de la ola y mejorar -o al menos no perder- la posición en el mercado.

Adicionalmente, la velocidad con la que se están desarrollando los acontecimientos y la rapidez de nuevas tecnologías que desbancan a las existentes, están acortando los plazos de los que disponen las empresas para integrarlas en su back office y front office.

A diferencia de revoluciones anteriores, estamos observando cómo los paradigmas tecnológicos predominantes durante los últimos años se suceden de forma acelerada (por no decir atropellada), dejando a veces poco margen para su adecuada incorporación.

Nosotros sabemos que la adopción de nuevas tecnologías no es una cuestión que se limite a su simple adquisición. Es necesario llevar a cabo una serie de encajes adicionales sin los cuales el fracaso está prácticamente garantizado. En concreto, y aunque podrían incluirse otros de menor calado, los ajustes fundamentales se circunscriben, por un lado, al ámbito de los procesos y estructura organizativa y, por otro, al de los recursos humanos.

Sobre todo en los procesos y estructura organizativa, es altamente improbable que se pueda utilizar tecnología de vanguardia simplemente incorporándola a la cadena de valor. Generalmente, la adopción de nuevas tecnologías implica cambios en los procesos existentes.

Para poder convertir tu negocio en una empresa gestionada digitalmente:

  • Necesitas un Diagnostico de partida
    • Grado de “tecnologificación” actual de la empresa
    • Grado de Innovación de la empresa
    • Grado de Recursos humanos. /Formación
    • Inversión necesaria por proyecto y fases de implementación
    • Grado equipo directivo responsable implantación y adecuación tecnológica
  • Necesitas un plan estratégico con objetivos concretos y medibles.
  • Necesitas tener en tiempo real información integrada desde todas las áreas operativas de tu negocio.
  • Necesitas un conjunto de indicadores diseñados específicamente para tomar las decisiones que te hagan lograr tus objetivos estratégicos

Determinadas empresas muestran mucha resistencia ante cambios en sus procesos internos, lo que supone un fuerte lastre para la adopción de nuevas tecnología. Ademas, las empresas que no cuenten en su plantilla con personal adecuadamente formado no tienen posibilidad de llevar a cabo iniciativas de transformación digital.

La empresa tiene que tener un clima organizativo, tanto en su vertiente física como emocional, que incentive la innovación colaborativa y actúe como catalizador para que la transformación digital se desarrolle de la forma adecuada en toda la organización (mindset).

Scentia Alliance te acompaña en la transformación digital de tu empresa con un equipo multidisciplinar de expertos en todas las áreas. Contacta con nosotros y comencemos a trabajar.

Real decreto-ley 8/2019 (Registro y control horario en la empresa): Una gran oportunidad para transformar tu organización

El próximo 12 de mayo de 2.019 entra en vigor el Real Decreto-Ley 8/2019 de 8 de marzo donde se establece como obligatorio el registro diario de la jornada de cada trabajador. Esto no deja de ser otro trámite burocrático mas para las empresas a las que estamos obligados por el gobierno y que nos complica la vida un poquito mas por si no teníamos suficiente con pagar a todo el mundo al final de mes. Claro está que si hacemos de la necesidad virtud también podemos considerarlo como una gran oportunidad para transformar mi empresa en un “superdeportivo último modelo en el que toda la competencia me mire el trasero cuando arranco en los semáforos”.

Está claro que nuestra misión como C.E.O o directivo de nuestra empresa es maximizar los resultados de la misma utilizando de la manera mas inteligente posible los recursos humanos y materiales de los que dispongo. El principal problema con el que siempre nos encontramos es como gestionar el equipo humano del que dispongo de manera que cada uno de ellos aporte lo mejor que tiene y lo ponga al servicio de la organización. Este es un tema apasionante que abarca multitud de aspectos y por lo tanto se escapa del análisis del presente artículo. Si bien hay una parte de esta problemática que vamos a analizar y que enlaza directamente con el registro de la jornada laboral.

El tener un registro horario de cuando entra y sale un trabajador y las horas que echa en la empresa nos aporta realmente poco mas allá de que el gobierno pueda venderlo como una mejora en la precariedad laboral, ya que los trabajadores no trabajaran mas de 40 horas semanales (mi opinión personal es que será poco efectivo para este menester). Parece ser que el analizar por qué tenemos una de las peores índices de productividad de los países desarrollados eso no le interesa a nadie, ¿a quien le importan este tipo de memeces?.

¿Realmente es importante que mis trabajadores estén 8 horas sentados enfrente del ordenador? o lo realmente lo importante es la actividad que realizan durante esas 8 horas. La figura del “calientasillas” es archiconocida.

El tener un sistema donde puedas tener un registro de tareas y los ratios de trabajo correspondiente medidos por cada trabajador, hace que tu empresa suba un par de peldaños su nivel y por supuesto cumpliremos con el Real Decreto-Ley 8/2019.

Vamos a analizar alguna de las ventajas que nos supondría trabajar así:

• Tengo registradas todas las actividades de la empresa.
• Tengo registradas todas las actividades de cada trabajador.
• No soy esclavo de echar 8 horas en la oficina ya que se que tengo que hacer para llegar a mis objetivos diarios, semanales o mensuales.
• Se que tiempo necesito para cumplir los trabajos que tengo encomendados ya que conozco los ratios previstos y reales de mis actividades.
• Trabajo en las actividades que realmente aportan valor a la empresa y descarto aquellas actividades que son una pérdida de tiempo o no producen resultados.
• Tengo un análisis de tallado de todo lo que sucede en mi empresa por lo que puedo actuar y tomar decisiones en tiempo real.
• Puedo descartar proyectos en los que la inversión de tiempo necesario no recompensa los resultados o beneficios que voy a obtener del mismo.
• Puedo premiar a la gente buena y establecer criterios e incentivos justos y motivantes para cada miembro de la organización.
• Puedo hacer un plan de trabajo personalizado para cada trabajador, para cada objetivo y para cada meta.
• Puedo personalizar el plan de formación que necesita cada persona, siempre atendiendo a las necesidades de la empresa.
• Se en todo momento si estoy cumpliendo o no los objetivos que me he marcado y lo mas importante sé el por que no estoy logrando lo que había planificado.
• El incremento de la productividad en mi organización es inmediato.

Desde Scentia Alliance, y con nuestro software propio MetaM Pro, podemos ayudarte a mejorar la productividad de tu empresa. ¡Llámanos y comencemos a trabajar! 

Gregorio Acedo
MetaM&Scentia Alliance

Secretos Empresariales: Qué son, y Cómo los regula la Nueva Ley

Nos parece que la reciente publicación de la Ley de Secretos Empresariales no ha sido divulgada con la profusión que merece, dado el alcance que supone para las empresas que operan en nuestro país.

Por eso, en este artículo vamos a dar unas breves pinceladas respecto lo que supone esta Ley, así como las implicaciones que tiene.

El objeto de la Ley es la protección de los secretos empresariales, siendo la primera Ley española que los regula de forma específica.

La Ley pretende estimular el desarrollo de la innovación y garantizar la competitividad de las empresas. ¿Cómo lo hace? Pues estableciendo un marco de protección adecuado y mejores condiciones para la explotación y transferencia a de conocimientos a terceros: tanto de los conocimientos técnicos o científicos fruto de ese desarrollo, como de cualquier otra información empresarial no divulgada.

Lo relevante es lo que se considera secreto profesional en la ley. La Ley define «secreto empresarial» como cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna las siguientes condiciones:

  1. Ser secreto, es decir, no generalmente conocido ni fácilmente accesible por los círculos que habitualmente lo utilizarían;
  2. Tener valor empresarial real o potencial, y
  3. Haberse adoptado medidas razonables para mantenerlo en secreto.

Con esta definición, la Ley determina lo que es la violación de este secreto profesional bajo las siguientes premisas:

  1. Se considera que su obtención es ilícita cuando se lleva a cabo mediante el acceso, apropiación o copia no autorizada de cualquier soporte que contenga el secreto empresarial o a partir del cual se pueda deducir; o cualquier otra actuación contraria a las prácticas comerciales leales.
  2. Del mismo modo, también se considera que su utilización o revelación es ilícita cuando ha sido obtenido de forma manifiestamente irregular; o se ha incumplido un acuerdo de confidencialidad u obligación similar.

Con esto, tenemos dos claras referencias de esta Ley para enmarcar su ámbito de aplicación. No queremos dejar de remarcar la mención explícita a los aspectos laborales a considerar, que los hay.

Es relevante destacar la importancia de que exista en las empresas una verdadera cultura en este ámbito, desarrollando de esta forma normas internas, a modo de protocolos de actuación, que fijen aspectos tales como:

  1. El nivel de acceso a la información.
  2. Las medidas de tratamiento y de integridad.
  3. Las políticas de uso de los dispositivos a los que accedan los empleados para la utilización de esa información.
  4. Los sistemas de trazabilidad respecto a los accesos a los datos más relevantes de las compañías.

No nos va a ser suficiente con desarrollar exclusivamente cláusulas de confidencialidad tipo en los contratos de trabajo de nuestros empleados, o incluso con aquellos acuerdos con terceros que interactúen en nuestras relaciones contractuales. Es del todo recomendable contar con la figura de un «responsable de riesgos» que proteja los secretos y aplique los protocolos internos al respecto que hemos apuntado anteriormente.

Como vemos, esta Ley genera un nuevo puesto definido dentro de las estructuras empresariales en el que tendremos que trabajar su desarrollo, cualificación y su específico papel dentro de las empresas. Desde Scentia Alliance podemos ayudarte a hacer todo esto: contacta con nosotros y comencemos a trabajar.

Instrumentos Financieros de Ahorro

Ya vimos en el pasado artículo las dificultades que entraña el aseguramiento de nuestras pensiones en el futuro por parte del Estado, y la conveniencia de planificar nuestros ahorros a largo plazo para conseguir una mayor seguridad cuando lleguemos a esa fecha de jubilación, para que nos permita tener unos ingresos necesarios que sustenten nuestro nivel mínimo de bienestar.

También hay algunos datos que no debemos olvidar. España ha sufrido una profunda transformación demográfica durante las últimas décadas, caracterizada por tres factores:

  • una intensa caída de la tasa de natalidad.
  • un incremento de la esperanza de vida y
  • un saldo migratorio positivo de gran magnitud durante los años de expansión
    y negativo a partir de 2009.

Por un lado, la tasa de natalidad —superior a los 18 nacimientos por cada 1.000 habitantes en 1975— se ha reducido paulatinamente hasta situarse actualmente en apenas 10 nacimientos.

El INE proyecta que esta tasa continuará cayendo hasta estabilizarse en torno a 8 nacimientos por cada 1.000 habitantes. Por otro lado, la esperanza de vida ha aumentado sensiblemente durante los últimos años, y se espera que lo siga haciendo en el futuro. En concreto, una persona con 65 años hoy espera vivir 3 años más que una persona con la misma edad en 1991, y se proyecta que vivirá 5 años más que una persona de 65 años en 2050. Por último, el saldo migratorio, fuertemente positivo entre 2000 y 2009, cambió de signo durante la crisis económica.

La combinación de estos tres factores ha cambiado sustancialmente la estructura de la pirámide demográfica española, cuya base se ha ido haciendo cada vez más estrecha al tiempo que se ha ido ensanchando su parte superior. Las proyecciones disponibles prevén que este proceso se intensificará en los próximos años.

Por otra parte, no olvidemos que el sistema de pensiones español es un sistema de reparto, de modo que su estabilidad financiera depende crucialmente del ratio entre beneficiarios y contribuyentes al sistema de la Seguridad Social. La crisis económica ha tenido un efecto importante sobre su saldo, con una caída significativa del número de cotizantes y un incremento del gasto en pensiones, más desligado este último del ciclo económico.

Dicho todo lo cual, vamos a tratar de explicar qué vehículos e instrumentos financieros de ahorro a largo plazo existen en el mercado, para cumplir este objetivo de asegurar nuestra pensión dentro de nuestras condiciones y expectativas.

Planes de pensiones

Los Planes de Pensiones son el producto más conocido y el más comercializado por la banca y entidades financieras pues es la vía para desgravar en nuestra Declaración de La Renta, esto es , conllevan unas ventajas fiscales importantes que pueden hacerlos más atractivos que su propia rentabilidad, por lo menos hasta la fecha si se mantiene la legislación.

¿Qué es un Fondo de Pensiones? ¿Cómo funcionan? ¿Quién los gestiona? ¿Qué seguridad jurídica tienen? ¿Puede quebrar un Fondo de Pensiones? ¿Ventajas fiscales?

Un plan de pensiones es la aportación periódica o única de un inversor-ahorrador (partícipe) a un Fondo de Inversión al uso (vehículo colectivo de inversión, es decir, el promotor) que es gestionado por una entidad experta para obtener una rentabilidad conveniente cuyo retorno a largo plazo (15,20, o 30años) le asegure al inversor-ahorrador su capital aportado más dicha rentabilidad, y por tanto pueda disponer de un capital a la hora de su jubilación prevista. Todo ello, claro, a cambio de unas comisiones.

Esta Gestora invertirá en productos financieros sólidos y de menor riesgo para evitar los vaivenes del mercado de capitales y mantener a largo plazo la rentabilidad ofrecida y sobre todo el capital aportado: renta fija, deuda soberana de países estables, obligaciones a largo plazo, etc,etc. También dependiendo del perfil del partícipe, puede invertir en renta variable, pasando entonces a llamarse fondos mixtos.

Los Fondos de Pensiones son patrimonios, sin personalidad jurídica, creados para dar cumplimiento a los Planes de Pensiones integrados en él. Están constituidos por las aportaciones de los partícipes de los Planes integrados en el Fondo más los rendimientos obtenidos en sus inversiones. Contarán con unas entidades promotoras, que serán quienes insten y partícipen en la constitución del Fondo.

La Gestora del Fondo no puede formar parte de la entidad promotora. Debe ser una sociedad independiente, debidamente registrada en la CNMV y regulada por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

En este sentido, la quiebra de una entidad financiera cuyos planes de pensiones comercializa bajo su marca no afecta a los partícipes, pues este fondo está separado del propio balance de la entidad y de responsabilidad de la entidad Gestora. Así ocurre igualmente con los planes de cualquier otra entidad, sean empresas privadas, compañías de seguros etc. Otra cosa sería que la quiebra de la Gestora y/o su mala praxis en la gestión llevara a los partícipes a una ineficiente rentabilidad, circunstancia poco probable fuera de las condiciones de mercado y requisitos legales de información.

Las ventajas fiscales de un plan de pensiones vienen dadas por la desgravación fiscal existente que, como hemos comentado, es muy cambiante:

  • Deducción aportación en base imponible / Hoy máximo 8.000€
  • Exención hasta el 40% en su primer rescate. (hasta 2006)
  • Diferimiento de los impuestos hasta el rescate (dato que se malogra dependiendo la rentabilidad obtenida)

Entonces, ¿qué inconvenientes tiene un plan de pensiones?

  • Falta de liquidez obvia. Aunque ya se puede rescatar a partir de un plazo de 10 años.(Ley 26/2014)
  • Calidad de la gestión. Se suelen primar regalos por la aportación (planchas, secadoras, etc) en lugar de buscar la mayor rentabilidad por parte de la gestora, y muchas veces al partícipe no le importa. Es negocio para el Gestor y Comercializador, pero no para el partícipe.
  • La comisión máxima media de los planes de pensiones se rebaja hasta el 1,25%, desde el 1,5% anterior más la comisión depositaria 0.20%

Los Planes de Pensiones no sólo son comercializados por los Bancos: hay productos de Compañías de Seguros con mayor rentabilidad a igualdad de solvencia y menores comisiones que gozan de las mismas ventajas fiscales.

Planes de Previsión Asegurados (PPA)

Es un clon de los Planes de pensiones con un poco más de seguridad (rentabilidad asegurada) y con ventajas fiscales en la deducción de la base imponible:

  • Los menores de 50 años podrán reducir la menor de las cantidades entre el 30% de sus ingresos u 8.000 euros en la renta 2017 y posteriores
  • Los mayores de 50 años podrán reducir la menor de las cantidades entre el 50% de sus ingresos u 12.500, 00 euros en la renta 2017 y posteriores.

La fiscalidad del rescate es idéntica a los Planes de Pensiones: no se puede hasta llegada la fecha de jubilación (también a partir 10 años antigüedad) y la única variante es la rentabilidad mínima garantizada que se ofrece.

Planes Individuales de ahorro Sistemático (PIAS)

Un Seguro de Ahorro específicamente ideado por el Gobierno para el ahorro a largo plazo y uno de los que más están potenciando las entidades financieras.

Tiene una rentabilidad mínima garantizada más un variable, y es posible retirar el dinero en cualquier momento.

Para evitar las salidas de capital los PIAS cuentan con bonificaciones fiscales por un lado y con incentivos a la inversión por otro. En el primero de los casos, quienes mantengan durante más de cinco su dinero en el PIAS disfrutarán de beneficios fiscales a la hora del rescate, que tributará como una pensión vitalicia inmediata.

Plan de Ahorro 5 (SIALP)

Es muy similar al PIAS. Cada ahorrador sólo puede contar con un único Plan de Ahorro a Largo Plazo. La inversión también está limitada a 5.000 euros al año y su ventaja fiscal es que no tributa en el IRPF (si se mantiene 5 años).
El 85% del importe esta garantizado.

Dado la limitación del importe, no ha llegado a tener mucha repercusión.

Seguros de Ahorro (Unit Linked)

Es un seguro que invierte en una cesta de valores y conjuga un seguro de vida en una parte pequeña del importe aportado.

En teoría, el ahorrador puede ir cambiando esta cesta de valores y alternar su perfil de moderado, arriesgado y/o defensivo, aunque la realidad es que el producto ya viene «enlatado».

Una parte de la prima que se paga va al seguro de ahorro y la otra al seguro de vida. Es totalmente líquido y los rendimientos que se obtengan tributan por el IRPF a los tipos vigentes y en caso de fallecimiento por Impuesto de Sucesiones.

Por último, te recomendamos que siempre, antes de tomar una decisión que os crea dudas sobre estos productos, consultar antes con un experto profesional. Desde Scentia Alliance podemos ayudarte con eso. ¡Llámanos y cuéntanos tu caso!

Planificando el Cierre Contable y Fiscal

Tras el atracón de Enero con los impuestos, IVA, y retenciones, llegan los meses de Febrero y Marzo. Tenemos que empezar a pensar en el Cierre Contable y Fiscal del Año. Pero antes, nos parece importante que tengas en cuenta algunas cosas:

  • Llevar siempre la contabilidad al día es de gran ayuda. No esperes al último momento.
  • Es Importante tener asesores profesionales de confianza que te den un buen soporte. Un buen profesional se preocupará de que tu empresa sea lo más rentable posible, que esté bien controlada y gestionada, de que pagues menos impuestos (siempre dentro de los límites que establece la ley, ¡claro!). Eso es sumar valor a tu negocio.
  • Haz revisiones periódicas con tu asesor, y no esperes a las fechas de cierre. Es bueno tener una reunión con tu asesor regularmente y ver la marcha de tu negocio. Tienes que hacer suceder estas reuniones, sin esperar a los demás: tienes que ser proactivo, no reactivo.
  • Saca balances y Pérdidas y Ganancias al máximo desglose y revísalo periódicamente, mínimo cada 3 mese (aunque lo ideal sería cada mes). Así, no sólo llevarás la contabilidad al día, sino que verás muchos gastos que podrás tratar de reducir, y eso repercutirá positivamente en tu negocio.

Y ahora sí: nuestras recomendaciones para un cierre exitoso son:

  • Revisión del inmovilizado. Facturas inversión y control. Facturas inferiores a 300€.
  • Amortizaciones. Tener claro ek criterio contable y fiscal. Analizar practicar amortización acelerada o libertad amortización
  • Recuento stock. Valoración existencias. Asiento variación existencias, método a utilizar: PMP (Precio Medio Ponderado), coste, FIFO, LIFO…
  • Conciliar saldos cuentas 40 y 41
  • Conciliar saldos cuentas 43 y 44
  • Ver cuenta 555, es que recomendable esté a cero.
  • Ver cuenta 551, socios. Cuidado con los saldos, que no haya un contrato por medio y no se cobren intereses.
  • Conciliar grupo 47, IVA con modelos 303 y 390, retenciones con modelos 111 y 190, alquileres modelo 115 y 180.
  • Conciliar saldos caja y bancos. Poner las cuentas negativas en una 52
  • Provisionar impagados. Tener en cuenta posible recuperación IVA.
  • Reclasificar a corto plazo y as largo plazo, cuentas 17 y 52.
  • Posible depreciación activos, provisionarlos
  • Periodificación gastos, como seguros crédito, seguros empresa, nóminas extras…
  • Revisar cuentas 640 y 465
  • Realizar asiento riesgo financiero a fecha 31/12
  • Subvenciones a resultados
  • Ver facturas pendientes a revisar/formalizar, albaranes sin factura proveedor o cliente.etc. aplicar principio de devengo.
  • Ver cómo queda patrimonio neto. Tener en cuenta aplicar reservas capitalización y de nivelación.
  • Repasar asientos más complejos como los de los leasings, etc.
  • Conciliar seguridad social
  • Repasar todas las cuentas grupo 6 y 7.
  • Fijarse en los descuentos por pronto pago, rappels sobre ventas, bonus, Premium, etc.
  • Repasar gastos financieros

Para el Impuesto de Sociedades, conviene tener en cuenta:

  • Compensar bases imponibles negativas
  • Aplicar reservas nivelación y de capitalización
  • Temas de amortizaciones: Aplicar libertad amortizaciones o amortización acelerada
  • Gastos fiscales por determinadas valoraciones
  • Actas inspección, otras contingencias tributarias, provisiones.
  • Si nuestras ventas son inferiores a 1 millón, exento del IAE
  • Cuidado con las provisiones de insolvencias.

Tratar de pagar menos impuestos, siempre dentro de la ley, es una de las labores que todo asesor deberá de estudiar en cada empresa. Algunos puntos a tener en cuenta a este respecto son:

  • Amortizaciones: libertad de amortizar o amortización acelerada. Estudiar lo que más nos pueda interesar, siempre nos podamos acoger a ella.
  • Analizar los activos inferiores a 300€, si los pasamos a gastos. Hacienda nos lo permite.
  • Posibles deducciones fiscales por temas de subvenciones en I+D+i. Este es un capítulo que con el que muchos clientes de nuestros clientes han tenido grandes alegrías, y es el gran desconocido en muchas empresas. Se pueden aplicar deducciones en el impuesto sociedades que harán que baje mucho el pago de impuestos.
  • Leasings, y la posibilidad de aplicar amortización acelerada.
  • Tener en cuenta las reservas por nivelación y de capitalización

Es recomendable tener una reunión para ver todo esto con tu asesor en los meses de septiembre a octubre. Por eso se le llama planificación fiscal, aunque mi consejo es que acudas a tu asesor para que te ayude en todo este proceso.

Esperamos que todo lo que te hemos contado te sirva para mejorar la gestión de tu negocio, y te recordamos que desde Scentia Alliance podemos ayudarte en todo lo relacionado con la gestión contable y fiscal de tu empresa. ¡Contacta con nosotros, y comencemos a trabajar!