Ayudas a Proyectos de Digitalización de la PYME Comunidad Valenciana

Si eres una PYME con sede en la Comunidad Valenciana, y estás pensando iniciar un proyecto interno en tu empresa para implantar un sistema digital de información y gestión, o un nuevo proceso de automatización, creemos que te puede interesar mucho esta convocatoria de IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial).

Las Ayudas para Proyectos de Digitalización de la PYME te permiten optar a una subvención a fondo perdido del 25% del coste de uno de esos proyectos internos de mejora y digitalización de los que hablábamos. Eso sí, el presupuesto mínimo del proyecto es de 12.000€ (con lo que la subvención sería de 3.000€). Pero la convocatoria llega hasta proyectos de 80.000€, en los que la subvención a fondo perdido resulta de 20.000€. Desde luego, una oportunidad considerable.

El espectro de proyectos internos en la empresa que se pueden subvencionar, aunque siempre relacionado con lo digital, es muy amplio y extenso. Concretamente, podemos presentar proyectos que tengan que ver con estos tres bloques:

a) Sistemas de información basados en modelos web 2.0. o evoluciones posteriores de gestión de relaciones de la cadena de valor, de gestión del ciclo de vida de productos y servicios o economía circular. Se considerarán:

  • Aplicaciones que faciliten la interoperabilidad o cuenten con funcionalidades para compartir información o desarrollar trabajo colaborativo en el ámbito de las relaciones de la cadena valor horizontal y vertical.
  • Aplicaciones de gestión del ciclo de vida de productos que cuenten con funcionalidades para compartir información o desarrollar trabajo colaborativo o permitan la interoperabilidad, incluyendo entre ellas sistemas CAD, CAM, CAE, PDM, DMF y soporte remoto de productos.
  • Aplicaciones que faciliten la interoperabilidad o cuenten con funcionalidades para compartir información o desarrollar trabajo colaborativo destinadas a actuaciones basadas en la economía circular.

b) Control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso. Se considerarán:

  • Aplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual con aplicación en este tipo de actuaciones.
  • Sistemas de Control Numérico, sistemas MES.
  • Sistemas SCADA.
  • Aplicaciones para facilitar el mantenimiento preventivo.
  • Sistemas de automatización avanzados: sistemas robóticos, sistemas de visión artificial y sistemas automatizados de almacenamiento y logística interna.
  • Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D.
  • Sensorización de productos, servicios o procesos con objeto de procesar la información obtenida de los mismos.
  • Implantación de PLC.

c) Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa. Se considerarán:

  • Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, incluyendo entre otras ERP, y aplicaciones de Business Intelligence.
  • Aplicaciones de gestión logística interna y externa, incluyendo entre otras, aplicaciones SMC, MRP y CRM.

Los costes subvencionables de estos proyectos siempre han de estar relacionados con Licencias, Desarrollo de Software, Uso de productos SaaS, Inversiones en Hardware, Compra de Equipos, o incluso servicios de consultoría y asesoría externa (aunque estos últimos, con ciertas restricciones). Por supuesto, en ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos, ni los impuestos sobre la renta.

Como subvención a fondo perdido que es, es preciso justificar todos los gastos de la realización del proyecto (cuya fecha limite para finalización es el 31 de Diciembre de 2017), para recibir la subvención posteriormente.

¿Cómo poder optar a esta subvención? Desde IVACE, van a valorar la calidad del proyecto, su viabilidad económica, y el impacto en creación de empleo, competitividad empresarial, o alineación con políticas medioambientales de la Comunidad Valenciana (si fuera aplicable). Además, se ponen como requisitos que la empresa tenga al menos un trabajador.

Todo esto conlleva presentar una solicitud con una memoria técnica y económica bien preparada, que puede ser clave para que consigas la subvención. Desde Scentia, nosotros podemos ayudarte a preparar tu proyecto para aumentar las posibilidades de éxito solicitando esta y otras ayudas. ¡Contacta con nosotros y póngamonos a trabajar!

Si tienes Hipoteca, puedes recuperar los gastos de constitución

Como seguramente sabes si has contratado una hipoteca, la mayoría de ellas incluyen una cláusula en la que el banco te repercute los gastos de constitución de la Hipoteca.

Pues bien, una sentencia reciente del Tribunal Supremo declara que esta cláusula es abusiva, obligando a los bancos a devolver estos gastos.

gastos-constitucion-hipoteca

Pero, ¿qué son exactamente los gastos de constitución de una hipoteca? Sencillamente, los impuestos, gastos de notaría, y tasas del Registro de la propiedad. Por ejemplo, para una hipoteca típica en la Comunidad Valenciana, sin tener en cuenta ninguna reducción por minusvalía o familia numerosa, los gastos podrían ser como sigue:

  • Impuestos AJD (Actos Jurídicos Documentados): 2,250€
  • Honorarios Notaría: 425,00 €
  • Tasas del Registro de la Propiedad: 125,00 €
  • Tasación: 600€

Es decir, el banco ha derivado de forma abusiva sobre nosotros ¡un total de 3,400€ de media!

Es evidente que carece de toda lógica que el prestamista obligue al prestatario hacerse cargo de estos gastos. No hay nadie más interesado que el prestamista en asegurar su cobro, por ello carece de toda lógica que el prestatario (nosotros) haga frente a estos gastos.

¿Pero cómo localizar los gastos de constitución de nuestra hipoteca concreta? Normalmente, la gestoría elegida por el Banco que recoge en nuestro nombre las escrituras de la notaría, grapará en la ultima página de las escrituras los justificantes de pago de los gastos que comentamos y que, a partir de ahora, podemos reclamar al Banco.

¿Qué necesitamos para reclamar, entonces?

  • Copia de la escritura de hipoteca, con sus novaciones o ampliaciones si las hay.
  • Justificante de transferencia o apunte bancario de la provisión para atender los pagos.
  • Las facturas de:
    • (i) gestoría
    • (ii) notaría
    • (iii) registro
    • (iv) liquidación del impuesto.

De todos modos, las cosas no son tan sencillas. Hay que determinar qué cantidad se reclama, presentar un escrito, etc. Estos aspectos son fundamentales a la hora hacer una reclamación. Ademas, hay otras cláusulas abusivas que también puedes reclamar al banco. Desde Scentia Alliance podemos ayudarte con todo estoContacta con nosotros y cuéntanos tu caso.