Mes: marzo 2020
¿Son suficientes las medidas económicas propuestas por el Gobierno?
Posibles escenarios a los que puede verse una empresa tras la caída de tesorería
TENEMOS QUE PROTEGER «LA CAJA»
Olvídense ahora del Balance y la cuenta de resultados, ya lo pintaremos como podamos al final; el informe a manejar ahora es el CashFlow, porque si hay algo que sabemos de las crisis recientes que hemos pasado es que la falta de Liquidez y la inacción de nuestros gobernantes es la que acaba con las empresas.
Dicho esto, y entendiendo que cada empresa es un mundo, un pequeño ejemplo muy resumido de matriz de riesgos y su reflejo en el informe de CashFlow y en plan de acción que en una compañía X podría ser este:
INFORME DE CASH-FLOW en los distintos escenarios
Tomemos una empresa X que tiene sus estados financieros cerrados al 31/12/2019 y presupuesto para este año 2020 siguiente:
En su Primer escenario , antes del “coronavirus” sus previsiones eran las siguientes:
- No existe recorte de financiación
- Aumento de ventas para el 2020 en un 25%.
- Situación de partida.
- No hay pandemia en el momento de planificar objetivos.
- Empresa pleno rendimiento después de 2017 y 2018.
- La empresa cuenta con líneas de financiación suficientes.
En Segundo escenario :
El escenario 2, con una caída de ventas por falta de suministros nos da un escenario futuro de ESTABILIDAD. Sin PONER EN PELIGRO LA EMPRESA. No consideramos escenarios de recorte de financiación.
- La caída de ventas prevista supone volver a cifra del 2019, escenario optimo.
- La empresa contando con sus líneas de circulante a pesar de los posibles retrasos en los cobros no debería tener ningún problema de liquidez.
En Tercer escenario :
- Caída de ventas con respecto a 2019 del 30%.
- Reducción plantilla ERTE 30%.
- Aplazamientos de IVA e impuestos.
- Problemas de retraso e impagos clientes.
- Se negocia plazo con proveedores.
- La utilización de las líneas de circulante al 100%.
- Refinanciación bancos.
- Reducción líneas circulante 50%.
- Ante problemas de impago de clientes, la empresa entra en riesgo de insolvencia.
SIMULACIÓN CASH-FLOW EN LOS DISTINTOS ESCENARIOS:
(La empresa X cuenta con la disponibilidad de líneas de préstamo a LP y financiación de circulante indicada a fecha 31/12/2019)
El Escenario 3 recoge una situación terrible pero que está pasando: Cierran las empresas por cuarentena durante un periodo indeterminado. O más simple, nos quedamos sin materia prima básica para nuestra producción.
Recordemos que es un informe de Cash Flow que recoge los pagos ya comprometidos a proveedores (y los cobros de lo ya vendido antes a clientes, que esperamos cobrar en gran parte)
La empresa se enfrenta rápidamente a una reducción drástica de empleo y a tener que “refinanciar sus pagos y deuda” si quiere sobrevivir.
Curiosamente se coge aire al aumentar el disponible por la inercia que lleva la compañía siempre que los clientes no entren en la dinámica y estar así preparados ante el alargamiento de la situación.
Es un informe de corto y medio plazo porque esperemos que no dure el problema más. Ojalá dispongan de un sistema profesional de Tesorería que les actualice las posiciones sobre la marcha, porque los indicadores van a cambiar a cada momento.
Nos vienen tiempos difíciles. España es un país de servicios donde el impacto no solo de la enfermedad sino por cómo se está actuando va a traer efectos muy negativos con pérdidas de miles de millones en el sector turístico que nos va a arrastrar a todos.
La deuda española y las cuentas de la Seguridad Social a final de este año van a ser más que preocupantes.
Las Direcciones financieras tienen la clave. Su misión: Salvar la empresa a cualquier coste. Mejor salvar 10 puestos de trabajo perdiendo 10 que perder los 20. Y convencer al dueño y/o gerente que los objetivos ahora son otros.
Con el sistema actual, la realidad económica no depende del dinero que haya en el mercado, sino la velocidad con la que se mueve. Aprovechen, compren pronto con un importante descuento que ahora podrán obtener, hagan esos proyectos que estaban aparcados y partan en una situación de ventaja cuando esto acabe con la satisfacción además de haber salvado puestos de trabajo.
Es de esperar que los organismos internacionales, el propio Estado, las comunidades autónomas expandan medidas de protección (liquidez) a empresas, Pymes y autónomos. Financiación de la recuperación con el menor daño posible de cierres de empresa y evitar en lo posible el mayor desempleo.
Desde Scentia Alliance nos ponemos a su lado para DIAGNOSTICAR cuanto antes estos problemas de «LA CAJA» y articular en su negocio las medidas necesarias para su implantación con la mayor rapidez posible.
La realidad económica a la que se enfrentan autónomos y Pymes a causa del Coronavirus
Análisis de la situación de los autónomos a causa del Coronavirus
Comunicado del Consejo General de Economistas sobre la situación causada por el Coronavirus
EMPRESAS
Conviene recurrir al plan de contingencia y previsión de riesgos. En caso de no disponerlo, sería necesario elaborar uno de urgencia convocando un comité de crisis en la empresa. Estimamos fundamental que todas las empresas (no solo las grandes y medianas, sino también las pymes), dispongan de un plan de contingencia, detectando riesgos y teniendo medidas previstas para responder y limitar las consecuencias.
En empresas de sectores más vulnerables a los efectos del Coronavirus (transporte, turismo…), promover la alerta de una posible insolvencia a través de un “test de solvencia”. Este test debe señalar al deudor en qué punto se encuentra con respecto a una situación de insolvencia a través una serie de elementos objetivos de cumplimiento (por ejemplo, cuotas de AEAT, TGSS, pago puntual de salarios, días de pago a proveedores, días de cobro a clientes…) y de su evolución.
CONTABILIDAD
Una de las piedras angulares sobre la que se asienta la contabilidad, es que esta sirva para que las empresas ofrezcan su imagen fiel, además de que se constituye como un apoyo prioritario en la gestión de las compañías al utilizarse en la adopción de las decisiones empresariales. Ante este nuevo escenario —caracterizado por un entorno de incertidumbre ante las posibles consecuencias del COVID-19 sobre las ventas, entre otros factores de riesgo—, con especial transcendencia en las PYMES, vemos recomendable que las empresas tengan en cuenta esta circunstancia en la información reflejada en sus cuentas anuales, en particular en sus memorias; en sus informes de información no financiera, y en sus informes de gestión.
Entendemos que el reflejo de tal información financiera y no financiera, respecto al COVID-19, no puede entenderse como una nueva carga administrativa, sino todo lo contrario; debe ser considerada como una información que pondrá de manifiesto los posibles efectos negativos y pasajeros que pueda tener el Coronavirus sobre la actividad mercantil habitual de las empresas, lo que redundará en la percepción de temporalidad de este adverso escenario.
Con una información adecuada, tanto los inversores como las instituciones financieras, las administraciones públicas, los proveedores y los propios clientes, así como cualquier persona o institución interesada en la actividad de las empresas, tendrán una visión amplia y comparada que servirá para evitar que se produzca una situación de pánico económico reduciendo sus propios efectos.
Por otra parte, en cuanto la contabilidad de gestión, entendemos que las empresas deberían adaptar tanto sus planes estratégicos, así como sus presupuestos ante este nuevo escenario. La elaboración de planes de contingencia —en los cual se abordan estas circunstancias excepcionales— no suele ser una práctica habitual en las pymes; no obstante, esto no es óbice para que las pymes adapten su gestión interna para que estos cambios tengan un fiel reflejo en los objetivos estratégicos.
A nuestro entender, no debemos ver esta situación solamente como una amenaza o riesgo, sino también como una oportunidad. Las empresas, particularmente las pymes, deben aprovechar esta desgraciada experiencia para llevar a término la elaboración de sus planes de contingencia futuros que recojan estas nuevas particularidades.
Línea de avales para las empresas y autónomos para paliar los efectos económicos de COVID-19
LÍNEA PARA LA COBERTURA POR CUENTA DEL ESTADO DE LA FINANCIACIÓN OTORGADA POR ENTIDADES FINANCIERAS A EMPRESAS Y AUTÓNOMOS.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará avales a: financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos, a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez y avales por un importe máximo de 100.000 millones de euros.
Las condiciones aplicables y requisitos a cumplir se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros, sin que se requiera desarrollo normativo posterior para su aplicación.
Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO con el fin de aumentar los importes de las Líneas ICO de financiación a empresas y autónomos. 10.000 millones, facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente pymes y autónomos.
Se llevará a cabo a través de las Líneas de ICO de financiación mediante la intermediación de las entidades financieras tanto a corto como a medio y largo plazo de acuerdo con su política de financiación directa para empresas de mayor tamaño.
Entendemos que, al igual que en el caso anterior, las condiciones aplicables y requisitos a cumplir se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros.
LÍNEA EXTRAORDINARIA DE COBERTURA ASEGURADORA
Línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros (dos tramos de 1000 y 1000 millones) con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización.
- Serán elegibles los créditos de circulante necesarios para la compañía exportadora siempre que respondan a nuevas necesidades de financiación y no a situaciones previas a la crisis actual.
- Beneficiarios: las empresas españolas consideradas como Pequeñas y Medianas Empresas así como otras empresas de mayor tamaño, siempre que sean entidades no cotizadas.
LA CREACIÓN DEL PORTAL ACELERA PYME
Desde Red.es para que las PYME se puedan informar de todos los recursos que se pongan a disposición de las PYME para su digitalización y en concreto para aplicar soluciones de teletrabajo.
Medidas de apoyo financiero para la digitalización de las pymes.
El Estado podrá apoyará financieramente, mediante la financiación del Instituto de Crédito Oficial ICO para las PYMES la compra y leasing de equipamiento y servicios para la digitalización de la PYME y las soluciones de teletrabajo, movilizando en los próximos dos años más de 200 millones de euros.
ÁMBITO MERCANTIL
Aunque no lo prevean los estatutos, los órganos de gobierno y administración, así como del resto de comisiones delegadas y obligatorias, podrán llevarse a cabo por videoconferencia, esta se entenderá celebrada en el domicilio de la persona jurídica.
Así también, los acuerdos se podrán llevar a término mediante votación por escrito sin sesión siempre que lo decida el presidente o cuando lo soliciten dos miembros del órgano. Así mismo, en el caso de que se haya convocado junta general con anterioridad a la declaración del estado de alarma y sea su celebración posterior, el órgano de administración podrá revocar la convocatoria o bien cambiar la fecha.
En nuestra opinión, estas medidas facilitarán la gestión de las empresas, así como de sus órganos de decisión evitando el desplazamiento de sus directivos y administradores.
Modificación de los plazos de formulación, aprobación y depósito de cuentas anuales.
El plazo para la formulación de las cuentas anuales, ordinarias o abreviadas, individuales o consolidadas así como el resto de informes que sean legalmente obligatorios por la legislación de sociedades, queda suspendido hasta que finalice el estado de alarma, reanudándose de nuevo por otros tres meses a contar desde esa fecha.
De este modo, también se retrasará tanto el plazo de aprobación de las cuentas anuales -art 253 de la LS C así como su propio depósito -art 279 de la LSC-.
Suspensión de los plazos estatutarios derivados de una causa legal de disolución.
Aquellas empresas, en las cuales concurran una situación causa legal o estatutaria de disolución durante el periodo de alarma, el plazo legal para la convocatoria por el órgano de administración de la junta general de socios a fin de que adopte el acuerdo de disolución de la sociedad o los acuerdos que tengan por objeto enervar la causa, se suspende hasta que finalice dicho estado de alarma, asimismo, los administradores no responderán de las deudas sociales contraídas en ese periodo.
Derecho de separación del socio
Aunque concurra causa legal o estatutaria, en las sociedades de capital los socios no podrán ejercitar el derecho de separación hasta que finalice el estado de alarma y las prórrogas del mismo que, en su caso, se acuerden.
ÁMBITO CONCURSAL
Se establece una “moratoria concursal”, con objeto de evitar una posible avalancha de casos de insolvencias en los próximos meses, de forma que no haya obligación de declarar concurso de acreedores en los dos meses siguientes a la finalización del estado de alarma.
Téngase en cuenta que el estado de alarma se podría prolongar, por lo que entendemos que esta moratoria podría extenderse a más de 2 meses.
Extensión de dicha moratoria en caso de haber solicitado o solicitar pre-concurso de acreedores durante el estado de alarma, un acuerdo de re-financiación (AR) o un acuerdo extrajudicial de pago (AEP), o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio (PAC). Un reto para el sistema concursal y sus operadores (entre ellos los administradores concursales y profesionales económicos de la reestructuración) va a ser tratar de aplicar estas medidas pre-concursales (AR y AEP) y la PAC (concursal) también a las pequeñas empresas, con las debidas adaptaciones.
No se ha optado por ampliar en el RDL los 4 meses del preconcurso (artículo 5 bis) hasta 12 meses como permite la Directiva de insolvencia para estimular soluciones alternativas al concurso.
En el artículo 31 del RDL se establece como excepción que las pymes exportadoras que se encuentren en pre-concurso o concurso de acreedores no podrán beneficiarse de la línea extraordinaria de cobertura aseguradora establecida.
Análisis de las medidas económicas propuestas por el Gobierno para afrontar el Coronavirus
¿A qué realidad económica nos enfrentamos a causa del Coronavirus?
Te asesoramos para hacer frente al COVID-19
Estimados compañeros/as,
En nombre del equipo de Scentia Alliance, ponemos a vuestra disposición nuestros servicios profesionales, TE AYUDAMOS A TI Y A TU NEGOCIO A HACER FRENTE AL CORONAVIRUS.
Te asesoramos en la parte Laboral y Fiscal, te ayudamos en todo lo concerniente a la Financiación de tu actividad en estos momentos y también, si fuera necesario, planificamos tu Concurso de Acreedores previo y de forma express.
Además, tras las medidas que adopte el Consejo de Ministros en relación a empresas, autonómos y trabajadores, quedamos a tu disposición para resolver cualquier cuestión al respecto.
Envía un correo a INFO@SCENTIAALLIANCE.COM y nos pondremos en contacto contigo lo más rápido posible.