El 30 de junio finalizó la moratoria concursal

No pongas en juego tu patrimonio personal por la insolvencia de la sociedad y/o por las garantías que has prestado como Avalista.

Si te encuentras en un estado de insolvencia, seas una empresa, un autónomo o un particular, dispones de dos meses para solicitar la declaración del concurso o al menos iniciar el preconcurso, ya sea mediante el inicio de negociaciones con los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación, un acuerdo extrajudicial de pagos (mediación concursal).

De la realidad de los procesos de mediación que venimos presentando en los Juzgados, tanto Mercantiles como de Instancia, en toda España, el 85% corresponden a personas físicas vinculadas por garantías prestadas a empresas.

«Acudir a mecanismos de refinanciación y reestructuración, mediación y 2ªoportunidad, clave para preservar nuestro panorama productivo y minimizar los efectos de la descompresión concursal tras la moratoria”.

Planificar la #tesorería significa salvaguardar la #Caja y anticiparse a las situaciones de continua incertidumbre por las que estamos atravesando.

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PLAN RESISTIR PLUS EN LA COMUNITAT VALENCIANA

Ayudas financiadas por el Gobierno de España de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 y en el Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas complementarias de apoyo a empresas y autónomos afectados por la pandemia de COVID-19.

AYUDAS PARA AUTONOMOS y empresas BOE Real Decreto Ley Real Decreto Ley 5/2021 de 13 de marzo.

¿Sabes si tiene derecho tu empresa a recibir las ayudas directas aprobadas por el Gobierno?

  • Si en 2019 declaraste resultado neto negativo, te incapacita como beneficiario.
  • La concesión de ayudas acabará el 31 de diciembre de 2021.
  • La empresa deberá justificar el mantenimiento de la actividad a 30 de junio de 2022.
  • Se pueden concurrir a convocatorias de distintas Comunidades Autónomas.

 

No se trata de medidas de rescate para empresas que no eran viables antes del estallido de la crisis de la COVID-19.  Es una forma de inversión en favor de la recuperación y crecimiento de aquellas empresas que resultan viables por disponer de un plan a medio plazo factible y un modelo de negocio idóneo.

Las ayudas directas recibidas deberán destinarse a pagar deudas a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a solventar costes fijos (alquileres, etc), siempre y cuando éstos se hayan producido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor de estas ayudas (13 de marzo de 2021).

En primer lugar, se liquidarán los pagos a proveedores, por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, teniendo prioridad la reducción del nominal (no intereses) de la deuda con aval público.

La línea de ayuda tiene dos compartimentos:

Dotado con 5.000 millones de euros para todas las CCAA, salvo Canarias y Baleares.

Dotado con 2.000 millones de euros para Canarias y Baleares.

 

Las Comunidades Autónomas serán las encargadas de realizar las convocatorias para asignar las ayudas y gestionarán ellas mismas las solicitudes así como su resolución, el abono de la subvención, los controles previos y posteriores al pago, por lo que tendremos que estar pendientes de las comunicaciones de apertura de los plazos de las mismas.

REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIOS/AS DE ESTA NUEVA LÍNEA DE AYUDAS

Estos son los requisitos para saber si puedes acceder a esta nueva línea de ayudas:

1.Que tu CNAE (el epígrafe que tienes en tu alta de la seguridad social, no de hacienda) esté entre alguno de los de esta lista:  (ver ??)

Que tu volumen de facturación emitida en 2020, indicado en el modelo 390 (sin IVA, ni recargo de equivalencia ni retención, es decir, la base imponible de todas tus facturas emitidas), haya caído más de un 30% respecto del ejercicio 2019. Esto se va a comprobar mediante las cifras declaradas en los modelos 390 de ambos ejercicios (tendrás que mirar la casilla 108 de ambos, para hacer el cálculo de la bajada).

  1. Tuviste que dar beneficios en tu actividad como autónomo en la renta 2019. No serás beneficiario si diste pérdidas en esa declaración. Esto puedes comprobarlo mirando la casilla 224 de tu renta 2019. Si esta casilla es negativa, aunque cumplas los anteriores dos requisitos, no puedes acceder a la ayuda, puesto que esto indica que diste pérdidas. Esto solo debes mirarlo si estás en régimen de estimación directa, este requisito no se aplica para los que estéis en estimación objetiva (módulos).
  2. Que te mantengas de alta como autónomo/a hasta el 30 de junio de 2022, sino, tendrás que reintegrar la ayuda recibida.
  3. No tienes que tener deudas con hacienda y/o seguridad social     

    CUANTÍA DE LAS AYUDAS

    Se otorgarán 3.000 euros para autónomos que estén en régimen de módulos en la declaración de la renta.

    Para los que estén en estimación directa y hayan tenido una caída de más del 30% en 2020 respecto de 2019 de su facturación emitida:

    1. Se les dará el 40% de lo que supere esa caída del 30% que hayan sufrido para los que tengan (si los tienen) como máximo, 10 empleados.
    2. Se les dará el 30% si tienen más de 10 empleados.

    Estas ayudas no serán inferiores a 4.000 euros ni superarán los 200.000 euros por autónomo.

    Las comunidades de Canarias y Baleares podrán aumentar el % de la cobertura de las pérdidas y límites máximos de ayuda si así lo consideran.

    Las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla determinarán los parámetros a aplicar para los supuestos de altas creadas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020 y de autónomos que hayan estado de alta durante un periodo inferior al año en el ejercicio 2019 o en el ejercicio 2020.

    Ejemplos prácticos (cumpliendo los requisitos del CNAE y habiendo tenido beneficios en renta 2019):

    Estás en estimación directa y has tenido, en 2020, una facturación emitida (sin iva ni retención, base imponible, recuerda) de 20.000 euros, y, en 2019, tu facturación emitida fue de 48.000 euros.

    Tu caída de facturación ha sido de 28.000 euros, es decir, un 58,33%.

    Solo te van a dar el 40% que supere el 30% de la caída, es decir, 5.440 euros (si tienes menos de 10 empleados)

    Te pongo un cuadro resumen del cálculo:

 

 

 

 

Las  Comunidades Autónomas tienen  desde el próximo 12 de abril  30 días para sus convocatorias .

Como siempre desde www.scentiaalliance.com,  te podemos ayudar

Llámanos

Valencia
C/ Pascual y Genís, 10-2º B. (46002 Valencia)
Telf: 90.244.22.24 – 96.064.20.84
Móvil. 670.46.76.88

C/ Garrigues, 17-4º- 9ª (46001 Valencia)
Telf: 962.067.216 – 90.244.22.24
Móvil. 670.40.81.90

Madrid
C/ Marqués de Zafra 25 (Centro Negocios). (28028 Madrid)
Telf: 90.244.22.24 Móvil. 655.64.43.14

 

 

Fondos Europeos » España puede»

La Unión Europea tiene previsto reunir los fondos, elevando temporalmente el límite máximo de los recursos propios hasta el 2 % de la renta nacional bruta de la UE, lo que permitirá a la Comisión hacer uso de su potente calificación crediticia para tomar prestados 750 000 millones de euros en los mercados financieros. Esta financiación adicional se canalizará a través de los programas de la UE —denominados NextGeneration— y se reembolsará a lo largo de un período de tiempo prolongado mediante los futuros presupuestos de la UE, no antes de 2028 ni después de 2058. Para que esto pueda hacerse de forma justa y compartida, la Comisión propone una serie de nuevos recursos propios. Además, con el fin de que los fondos se pongan lo antes posible a disposición de la respuesta a las necesidades más acuciantes, la Comisión propone modificar el actual marco financiero plurianual 2014-2020 para que pueda disponerse de 11 500 millones de euros adicionales de financiación ya en 2020.  https://economistas.es/fondos-europeos-next-generation/

 

El reparto del primer tramo de 72.000€  esta previsto de la forma siguiente : 

Es por ello que el Gobierno ha publicado el Plan “ESPAÑA PUEDE”, que guiará la ejecución de fondos europeos hasta 2023 y movilizará en los próximos tres años el 50% de los recursos con los que cuenta España.
¿Cuándo se lanzarán las ayudas?
Las primeras convocatorias de ayudas no se espera que se publiquen hasta el segundo trimestre de 2021, sin embargo, los diferentes Ministerios están lanzando consultas públicas para identificar proyectos de alto impacto mediante la recopilación de Manifestaciones de Interés (MDI):
MITECO: “Proyectos tractores para una transición energética justa e inclusiva: Hidrógeno Renovable»
MITECO: “Proyectos tractores para afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación”
MINCOTUR: “Programa de impulso de proyectos tractores de competitividad y sostenibilidad industrial” 
MITECO: “Movilidad eléctrica”
MINECO: «Conectividad digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue 5G» (editado) 

El BOE publicó la semana pasada el reglamento europeo que desarrolla el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y establece la normas para la concesión de su financiación

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-17340

Llegan los PERTE.¿Qué son y cómo acceder a ellos?

 Los PERTE o Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica se regulan en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, publicado en el BOE el pasado 31 de diciembre de 2020. Es una nueva figura creada por el Gobierno para ejecutar los mayores proyectos de inversión dotados con el fondo europeo de resistencia a la crisis generada por el COVID-19 o Next Generation EU.

El objetivo es desbloquear la burocracia del Estado y favorecer la colaboración público-privada en el ámbito de la ejecución de políticas públicas, que ha traído consigo la reciente normativa que regula el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia español. En este sentido, la Secretaría General de Administración Digital pondrá en marcha en unos meses un portal web único del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que centralice y distribuya la información a todos los interesados

https://www.vozpopuli.com/economia_y_finanzas/perte-pedro-sanchez-fondos-europeos-gobierno_0_1413159020.html

Aspectos destacados:

  • Se producirá una agilización de los trámites debido a la preocupación que causa la canalización eficiente de esta partida económica y por la necesidad de una rápida recuperación.
  • Los requisitos generales, marcados por Europa son: transición ecológica, transformación digital, cohesión territorial y social e igualdad de género.
  • El órgano principal de control de los fondos serán: el presidente del gobierno español, los ministros y los secretarios de estado. Se crearán cinco órganos, entre ellos la Dirección de Fondos Europeos, que rendirá cuentas a Europa.
  • Ante estos cambios se prevé una reorganización de plantillas de la administración, la creación de equipos específicos y la contratación pública de profesionales para la gestión de los fondos.
  • Aunque el dinero aún no ha llegado, el gobierno ha decidido que ya se pueda pedir y se anticipará a través de la deuda. Está previsto saldar la deuda cuando Bruselas envíe el dinero, de momento 27.000 millones que se canalizarán a través de los presupuestos generales del Estado.

https://www.tax.es/es/actualidad/fiscal/tienes-empresa-quieres-acceder-fondos-europeos.html

¿Qué proyectos pueden recibir la ayuda?

Los criterios a valorar para declarar a un proyecto como PERTE serán, entre otros, los siguientes:

  • Que represente una importante contribución al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la competitividad de la industria y la economía española, habida cuenta de sus efectos de arrastre positivos en el mercado interior y la sociedad.
  • Que permita combinar conocimientos, experiencia, recursos financieros y actores económicos, con el fin de remediar importantes deficiencias del mercado o sistémicas y retos sociales a los que no se podría hacer frente de otra manera.
  • Que tenga un importante carácter innovador o aporte un importante valor añadido en términos de I+D+i, por ejemplo, posibilitando el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos de producción.
  • Que sea importante cuantitativa o cualitativamente, con un tamaño o un alcance particularmente grandes, o que suponga un nivel de riesgo tecnológico o financiero muy elevado.
  • Que favorezca la integración y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso de entornos colaborativos.
  • Que, en su caso, contribuya de forma concreta, clara e identificable a uno o más objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española, en particular en lo que se refiere a los objetivos marcados a nivel europeo.

Parece que el Ejecutivo está sondeando el mercado para identificar las áreas donde existen proyectos relevantes y de volumen, con intención de agruparlos.

Recuerde que Bruselas ha sido siempre más proclive a financiar proyectos en consorcio.

https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/15889-llega-el-tren-de-los-fondos-europeos-para-la-recuperacion/

 

Si necesita cualquier información acerca de como financiar su proyecto  escribanos a info@scentiaalliance.com

 

Financiación pública bonificada

A traves de afín SGR Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunitat Valenciana se han abierto créditos para #microempresas #pymes y #autonomos bonificados .Desde Scentia Alliance te podemos ayudar para su obtención con un correcto #plandenegocios . Llámanos info@scentiaalliance.com
#financiacionpublica #viabilidad #tesoreria

Exonera tus deudas. Ley 2ª Oportunidad II

De la realidad de los procesos de mediación que venimos presentando en los Juzgados, tanto Mercantiles como de Instancia, en toda España, el 85% corresponden a personas físicas no empresarias.

Según afirma nuestro economista Fernando Martínez, «este rango de beneficiarios debería de poder canalizar su situación de insolvencia de un modo más “efectivo” dentro del mecanismo de la segunda oportunidad para que su trámite sea rápido y no se diluya en plazos procesales derivados de la apertura de la fase de liquidación». 

Desde Scentia Alliance queremos incidir en éste aspecto por la actual situación excepcional, que de no de tomarse medidas de profundo calado, en la sociedad, va a provocar una masiva utilización de este mecanismo. Utilización masiva que provocará un colapso tanto en los Juzgados Mercantiles como en los de Instancia.

La opción que se recoge en el artículo 176 bis.4 de la Ley Concursal (LA LEY 1181/2003), que permite, la declaración y conclusión simultánea del procedimiento, es un instrumento al cual debería dotársele de mayor eficacia desde al ámbito de su aplicación en sede judicial para este caso concreto.

El caso concreto es concurso consecutivo sin masa.

Si se acude a este mecanismo sin activos, ni generación de ingresos para cubrir los créditos contra la masa, qué sentido tiene abrir la fase de liquidación o en su caso que los activos existentes tuvieran un valor de realización ridículo frente al montante del pasivo y que ni siquiera pudieran cubrir los honorarios del administrador concursal (otro asunto pendiente de resolver por el legislador).

Desde los Juzgados Mercantiles de Barcelona, se ha avanzado en este camino acortando los plazos procesales y facilitando la rápida resolución de este tipo de concursos, preservando jurídicamente los derechos de todos los intervinientes en el proceso concursal.

Recientemente  hemos obtenido las siguientes resoluciones :

1.-  a través del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Catarroja(Valencia), por importe de 205.000 €.

2.- procedimiento de exoneración de su pasivo por importe de 877.000 euros logrado a través JM nº4 de Valencia.

3.- Auto exoneración del Juzgado Mercantil nº 3 Valencia, de exoneración de pasivo por importe de más de 950.000€.

Seguimos trabajando profesionalmente para nuestros clientes.

info@scentiaalliance.com

 

Financiación Alternativa II

Disponemos  posibilidad  de #financiar proyectos a  corto y medio plazo con garantía hipotecaria para todo tipo de #empresas:

#Financiamos la compra de terrenos con o sin licencias. Mientras se obtienen las licencias, se obtienen los permisos municipales y se desarrolla el proyecto técnico.

#Financiamos propiedades en venta que necesiten períodos de promoción prolongados y/o esperar mejores condiciones de mercado para poder obtener un precio adecuado de venta.

#Financiamos situaciones de cambio y/o reestructuración hasta que los índices de crédito de las empresas mejoren.

Otorgamos #financiación sobre propiedades inmuebles para extraer capital e invertir los fondos en negocios externos y/o realizar adquisiciones.

Rápida aprobación y ejecución–se genera una hoja de términos en 24 horas.

Términos transparentes –matriz de precios predefinida y cronograma de costes.

Estudiamos tus necesidades  y te proponemos la mejor #FinanciaciónAlternativa.

¿¿Hablamos ??   info@scentiaalliance.com.

 

FINANCIACION ALTERNATIVA

Nuestros productos financieros para pymes y autónomos alternativos a la banca comercial:

  • Descuento de pagarés
  • Anticipo de Facturas (Factoring)
  • Sales and  Rent-Back industrial.
  • Renting industrial y/o tecnológico.
  • Plataformas  de financiación (Crowdlending)

Operamos con distintas plataformas financieras  y de inversión que facilitan la liquidez a las empresas y autónomos con el mejor coste del mercado.

  • Empresas con tensiones de liquidez (estructura financiera desequilibrada, altos niveles de endeudamiento, fondos propios  positivos  o mínimos…)
  • Empresas sin líneas en bancos
  • Empresas de reciente constitución
  • Empresas con líneas de descuento excedida

PARA EL ESTUDIO E INFORMACIÓN DE LA OPERACIÓN:

  • Copia de las facturas, contratos, certificaciones, etc,
  • Certificación de estar al corriente con la agencia tributaria y la seguridad social.

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