¿QUIERES AHORRAR COSTES FISCALES PARA TU EMPRESA / PROYECTO ? ¡

¡ NO HACE FALTA PENSAR EN ANDORRA O IRLANDA, PIENSA EN CANARIAS ¡
Te facilitamos todos los tramites, te acompañamos en todos los procesos como expertos profesionales en Inversiones y financiación de proyectos con un gran equipo con sede en Canarias.

  • La más baja fiscalidad de toda Europa
  • Reducción de la base imponible en el Impuesto de Sociedades hasta en un 90%
  • Reinversión única y extraordinaria a través de incentivos financieros fiscales en activos de la propia empresa
    o de otras empresas
  • Reinversión en puestos de trabajos con recursos fiscales .Hasta 36 000 euros por persona/año
  • Impuesto de Sociedades al 4% 
    • Ahorro del 84% respecto al resto de España
    • Ahorro del 90 respecto a Alemania, Francia o Italia, entre otros países
    •  Exención del Impuesto sobre la Renta de No Residentes
    • No tributación por dividendos que salgan de Canarias
    • 7% IGIC en Canarias versus al 21 % IVA en Península
    • Los mejores incentivos de Europa para la producción audiovisual
    • Reducción de más del 75% en I+D+i
  • Residencia Oro en España
    • Para inversiones de capital (entre 1 MM y 2 MM)
    • Por compra de bienes inmuebles (mínimo 0,5 MM)
    • Acceso y atracción de financiación e inversión Publica. Desde 50 000 a 5 000 000€
    • Privada .Hasta el 70% dependiendo del proyecto
    • Proyectos propios de inversión y representación de proyectos de terceros
    • Posibilidad de crear instrumentos financieros con fórmulas propias
  • Formación especializada
  • Proyectos de impacto social
  • Seguridad jurídica

https://www.icbconsulting.es/areas-de-trabajo-en-consultoria-de-estrategia-y-operaciones/

http://www senseigroup net

https://www.scentiaalliance.com/equipo-y-servicios/

Fondos Europeos » España puede»

La Unión Europea tiene previsto reunir los fondos, elevando temporalmente el límite máximo de los recursos propios hasta el 2 % de la renta nacional bruta de la UE, lo que permitirá a la Comisión hacer uso de su potente calificación crediticia para tomar prestados 750 000 millones de euros en los mercados financieros. Esta financiación adicional se canalizará a través de los programas de la UE —denominados NextGeneration— y se reembolsará a lo largo de un período de tiempo prolongado mediante los futuros presupuestos de la UE, no antes de 2028 ni después de 2058. Para que esto pueda hacerse de forma justa y compartida, la Comisión propone una serie de nuevos recursos propios. Además, con el fin de que los fondos se pongan lo antes posible a disposición de la respuesta a las necesidades más acuciantes, la Comisión propone modificar el actual marco financiero plurianual 2014-2020 para que pueda disponerse de 11 500 millones de euros adicionales de financiación ya en 2020.  https://economistas.es/fondos-europeos-next-generation/

 

El reparto del primer tramo de 72.000€  esta previsto de la forma siguiente : 

Es por ello que el Gobierno ha publicado el Plan “ESPAÑA PUEDE”, que guiará la ejecución de fondos europeos hasta 2023 y movilizará en los próximos tres años el 50% de los recursos con los que cuenta España.
¿Cuándo se lanzarán las ayudas?
Las primeras convocatorias de ayudas no se espera que se publiquen hasta el segundo trimestre de 2021, sin embargo, los diferentes Ministerios están lanzando consultas públicas para identificar proyectos de alto impacto mediante la recopilación de Manifestaciones de Interés (MDI):
MITECO: “Proyectos tractores para una transición energética justa e inclusiva: Hidrógeno Renovable»
MITECO: “Proyectos tractores para afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación”
MINCOTUR: “Programa de impulso de proyectos tractores de competitividad y sostenibilidad industrial” 
MITECO: “Movilidad eléctrica”
MINECO: «Conectividad digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue 5G» (editado) 

El BOE publicó la semana pasada el reglamento europeo que desarrolla el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y establece la normas para la concesión de su financiación

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-17340

Llegan los PERTE.¿Qué son y cómo acceder a ellos?

 Los PERTE o Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica se regulan en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, publicado en el BOE el pasado 31 de diciembre de 2020. Es una nueva figura creada por el Gobierno para ejecutar los mayores proyectos de inversión dotados con el fondo europeo de resistencia a la crisis generada por el COVID-19 o Next Generation EU.

El objetivo es desbloquear la burocracia del Estado y favorecer la colaboración público-privada en el ámbito de la ejecución de políticas públicas, que ha traído consigo la reciente normativa que regula el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia español. En este sentido, la Secretaría General de Administración Digital pondrá en marcha en unos meses un portal web único del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que centralice y distribuya la información a todos los interesados

https://www.vozpopuli.com/economia_y_finanzas/perte-pedro-sanchez-fondos-europeos-gobierno_0_1413159020.html

Aspectos destacados:

  • Se producirá una agilización de los trámites debido a la preocupación que causa la canalización eficiente de esta partida económica y por la necesidad de una rápida recuperación.
  • Los requisitos generales, marcados por Europa son: transición ecológica, transformación digital, cohesión territorial y social e igualdad de género.
  • El órgano principal de control de los fondos serán: el presidente del gobierno español, los ministros y los secretarios de estado. Se crearán cinco órganos, entre ellos la Dirección de Fondos Europeos, que rendirá cuentas a Europa.
  • Ante estos cambios se prevé una reorganización de plantillas de la administración, la creación de equipos específicos y la contratación pública de profesionales para la gestión de los fondos.
  • Aunque el dinero aún no ha llegado, el gobierno ha decidido que ya se pueda pedir y se anticipará a través de la deuda. Está previsto saldar la deuda cuando Bruselas envíe el dinero, de momento 27.000 millones que se canalizarán a través de los presupuestos generales del Estado.

https://www.tax.es/es/actualidad/fiscal/tienes-empresa-quieres-acceder-fondos-europeos.html

¿Qué proyectos pueden recibir la ayuda?

Los criterios a valorar para declarar a un proyecto como PERTE serán, entre otros, los siguientes:

  • Que represente una importante contribución al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la competitividad de la industria y la economía española, habida cuenta de sus efectos de arrastre positivos en el mercado interior y la sociedad.
  • Que permita combinar conocimientos, experiencia, recursos financieros y actores económicos, con el fin de remediar importantes deficiencias del mercado o sistémicas y retos sociales a los que no se podría hacer frente de otra manera.
  • Que tenga un importante carácter innovador o aporte un importante valor añadido en términos de I+D+i, por ejemplo, posibilitando el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos de producción.
  • Que sea importante cuantitativa o cualitativamente, con un tamaño o un alcance particularmente grandes, o que suponga un nivel de riesgo tecnológico o financiero muy elevado.
  • Que favorezca la integración y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso de entornos colaborativos.
  • Que, en su caso, contribuya de forma concreta, clara e identificable a uno o más objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española, en particular en lo que se refiere a los objetivos marcados a nivel europeo.

Parece que el Ejecutivo está sondeando el mercado para identificar las áreas donde existen proyectos relevantes y de volumen, con intención de agruparlos.

Recuerde que Bruselas ha sido siempre más proclive a financiar proyectos en consorcio.

https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/15889-llega-el-tren-de-los-fondos-europeos-para-la-recuperacion/

 

Si necesita cualquier información acerca de como financiar su proyecto  escribanos a info@scentiaalliance.com

 

FINANCIACION ALTERNATIVA

Nuestros productos financieros para pymes y autónomos alternativos a la banca comercial:

  • Descuento de pagarés
  • Anticipo de Facturas (Factoring)
  • Sales and  Rent-Back industrial.
  • Renting industrial y/o tecnológico.
  • Plataformas  de financiación (Crowdlending)

Operamos con distintas plataformas financieras  y de inversión que facilitan la liquidez a las empresas y autónomos con el mejor coste del mercado.

  • Empresas con tensiones de liquidez (estructura financiera desequilibrada, altos niveles de endeudamiento, fondos propios  positivos  o mínimos…)
  • Empresas sin líneas en bancos
  • Empresas de reciente constitución
  • Empresas con líneas de descuento excedida

PARA EL ESTUDIO E INFORMACIÓN DE LA OPERACIÓN:

  • Copia de las facturas, contratos, certificaciones, etc,
  • Certificación de estar al corriente con la agencia tributaria y la seguridad social.

 llamanos  al 90.244.22.24 – 96.064.20.84  o escribe a info@scentiaalliance.com

Teletrabajo y productividad van de la mano, adapta tu empresa a la nueva realidad

El software MetaM-Pro está especialmente diseñado para la gestión y el análisis ágil y eficaz de toda la actividad empresarial.

El equipo de profesionales de Scentia Alliance, desde el área de organización empresarial y gestión de equipos de alto rendimiento (EAR), ponen a disposición la aplicación informática MetaM-Pro con la finalidad de orientar a las empresas para adaptarse a la nueva realidad socioeconómica causada por el Coronavirus.

Este software único de trabajo garantiza:

  • Trabajar desde casa (Teletrabajo)
  • Orientar la empresa a trabajar en base a resultados.
  • Desarrollar el plan de empresa, asignando responsables, fechas y ratios de trabajo.
  • Analizar los resultados por trabajador, departamento, objetivo, proyecto, etc.
  • Seguir en tiempo real los resultados obtenidos y la actividad desarrollada.
  • Crear equipos humanos de alto rendimiento en su empresa.
  • Conocer el «por qué» de los incumplimientos, sus objetivos y proyectos.
  • Disponer de un módulo de RRHH, donde poder tener perfectamente organizada las vacaciones, días de baja, absentismo laboral, etc.
  • Realizar el seguimiento en tiempo real de la actividad de cada trabajador.

Tal y como afirma Gregorio Acedo, director de MetaM Productivity “podemos aumentar de manera exponencial la capacidad productiva de los trabajadores y que esto quede reflejado en la cuenta de resultados de la empresa”.

MetaM-Pro es una herramienta que dispone de todos los mecanismos necesarios para transformar la empresa en una organización competitiva y de alto rendimiento, adaptándose a la nueva realidad empresarial.

Si estás interesado y quieres más información, envía un correo a info@scentiaalliance.com

Responsabilidad de Administradores: aportaciones del tribunal supremo en 2016 que debes conocer.

En articulos anteriores de nuestro blog hemos hecho mención a la responsabilidad de los Administradores en cuanto a su papel determinante en el presente y futuro de las Sociedades de Capital.

Nos parece relevante recoger de forma rápida algunos hitos clave que apuntan las áreas de responsabilidad de los Administradores, que ha publicado en un artículo M.ª. Isabel Huerta Viesca, Catedrática acreditada Derecho Mercantil. Universidad de Oviedo.

Lejos de entrar en desglosar todo la argumentación jurídica, nos gustaría remarcar las causas que originan la responsabilidad como Administrador, para que puedas tomar conciencia de ellas y que tengas la opción de analizar tus actuaciones del día a día.

Aquí te enumeramos las trece menciones que se derivan de la jurisprudencia del Tribunal Supremo:

  1. Los administradores de las sociedades de capital promotoras responden del incumplimiento de asegurar las cantidades entregadas anticipadamente conforme a la ley 57/1968.
  2. Los juzgados de lo mercantil son los competentes para conocer de las acciones acumuladas de responsabilidad individual de administradores y de pago de la deuda por la sociedad.
  3. La responsabilidad individual de los administradores en caso de cierre de facto de la sociedad de capital.
  4. La concurrencia de la causa de disolución por pérdidas como una situación contable y enervable vía préstamos participativos o aportaciones a fondo perdido.
  5. El ámbito objetivo de la responsabilidad por no disolución: ¿cuándo es la obligación social posterior a la causa de disolución?.
  6. El administrador que responde ex art. 367 lsc tiene acción de repetición contra la sociedad.
  7. El dies a quo del cómputo del plazo de prescripción del art. 949 c. com.
  8. La individualidad de la posición del administrador social en la calificación concursal.
  9. El significado de la «justificación añadida» para la estimación de la concurrencia de responsabilidad concursal ex art. 172.3 lc.
  10. La responsabilidad concursal de los administradores sociales no puede suponer la condena a pagar
    determinados créditos a determinados acreedores.
  11. La ausencia de contabilidad justifica la condena a la cobertura de todo el déficit concursal.
  12. La reforma de 2014 en materia de responsabilidad concursal sólo se aplica a las secciones de calificación abiertas tras su entrada en vigor.
  13. Criterios de apreciación de la gravedad de la conducta de los administradores.

Desde Scentia Alliance, te podemos solucionar cualquier duda que te surja al respecto de tus responsabilidades como administrador. Contacta con nosotros y cuéntanos tu caso.

Real decreto-ley 8/2019 (Registro y control horario en la empresa): Una gran oportunidad para transformar tu organización

El próximo 12 de mayo de 2.019 entra en vigor el Real Decreto-Ley 8/2019 de 8 de marzo donde se establece como obligatorio el registro diario de la jornada de cada trabajador. Esto no deja de ser otro trámite burocrático mas para las empresas a las que estamos obligados por el gobierno y que nos complica la vida un poquito mas por si no teníamos suficiente con pagar a todo el mundo al final de mes. Claro está que si hacemos de la necesidad virtud también podemos considerarlo como una gran oportunidad para transformar mi empresa en un “superdeportivo último modelo en el que toda la competencia me mire el trasero cuando arranco en los semáforos”.

Está claro que nuestra misión como C.E.O o directivo de nuestra empresa es maximizar los resultados de la misma utilizando de la manera mas inteligente posible los recursos humanos y materiales de los que dispongo. El principal problema con el que siempre nos encontramos es como gestionar el equipo humano del que dispongo de manera que cada uno de ellos aporte lo mejor que tiene y lo ponga al servicio de la organización. Este es un tema apasionante que abarca multitud de aspectos y por lo tanto se escapa del análisis del presente artículo. Si bien hay una parte de esta problemática que vamos a analizar y que enlaza directamente con el registro de la jornada laboral.

El tener un registro horario de cuando entra y sale un trabajador y las horas que echa en la empresa nos aporta realmente poco mas allá de que el gobierno pueda venderlo como una mejora en la precariedad laboral, ya que los trabajadores no trabajaran mas de 40 horas semanales (mi opinión personal es que será poco efectivo para este menester). Parece ser que el analizar por qué tenemos una de las peores índices de productividad de los países desarrollados eso no le interesa a nadie, ¿a quien le importan este tipo de memeces?.

¿Realmente es importante que mis trabajadores estén 8 horas sentados enfrente del ordenador? o lo realmente lo importante es la actividad que realizan durante esas 8 horas. La figura del “calientasillas” es archiconocida.

El tener un sistema donde puedas tener un registro de tareas y los ratios de trabajo correspondiente medidos por cada trabajador, hace que tu empresa suba un par de peldaños su nivel y por supuesto cumpliremos con el Real Decreto-Ley 8/2019.

Vamos a analizar alguna de las ventajas que nos supondría trabajar así:

• Tengo registradas todas las actividades de la empresa.
• Tengo registradas todas las actividades de cada trabajador.
• No soy esclavo de echar 8 horas en la oficina ya que se que tengo que hacer para llegar a mis objetivos diarios, semanales o mensuales.
• Se que tiempo necesito para cumplir los trabajos que tengo encomendados ya que conozco los ratios previstos y reales de mis actividades.
• Trabajo en las actividades que realmente aportan valor a la empresa y descarto aquellas actividades que son una pérdida de tiempo o no producen resultados.
• Tengo un análisis de tallado de todo lo que sucede en mi empresa por lo que puedo actuar y tomar decisiones en tiempo real.
• Puedo descartar proyectos en los que la inversión de tiempo necesario no recompensa los resultados o beneficios que voy a obtener del mismo.
• Puedo premiar a la gente buena y establecer criterios e incentivos justos y motivantes para cada miembro de la organización.
• Puedo hacer un plan de trabajo personalizado para cada trabajador, para cada objetivo y para cada meta.
• Puedo personalizar el plan de formación que necesita cada persona, siempre atendiendo a las necesidades de la empresa.
• Se en todo momento si estoy cumpliendo o no los objetivos que me he marcado y lo mas importante sé el por que no estoy logrando lo que había planificado.
• El incremento de la productividad en mi organización es inmediato.

Desde Scentia Alliance, y con nuestro software propio MetaM Pro, podemos ayudarte a mejorar la productividad de tu empresa. ¡Llámanos y comencemos a trabajar! 

Gregorio Acedo
MetaM&Scentia Alliance

Secretos Empresariales: Qué son, y Cómo los regula la Nueva Ley

Nos parece que la reciente publicación de la Ley de Secretos Empresariales no ha sido divulgada con la profusión que merece, dado el alcance que supone para las empresas que operan en nuestro país.

Por eso, en este artículo vamos a dar unas breves pinceladas respecto lo que supone esta Ley, así como las implicaciones que tiene.

El objeto de la Ley es la protección de los secretos empresariales, siendo la primera Ley española que los regula de forma específica.

La Ley pretende estimular el desarrollo de la innovación y garantizar la competitividad de las empresas. ¿Cómo lo hace? Pues estableciendo un marco de protección adecuado y mejores condiciones para la explotación y transferencia a de conocimientos a terceros: tanto de los conocimientos técnicos o científicos fruto de ese desarrollo, como de cualquier otra información empresarial no divulgada.

Lo relevante es lo que se considera secreto profesional en la ley. La Ley define «secreto empresarial» como cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna las siguientes condiciones:

  1. Ser secreto, es decir, no generalmente conocido ni fácilmente accesible por los círculos que habitualmente lo utilizarían;
  2. Tener valor empresarial real o potencial, y
  3. Haberse adoptado medidas razonables para mantenerlo en secreto.

Con esta definición, la Ley determina lo que es la violación de este secreto profesional bajo las siguientes premisas:

  1. Se considera que su obtención es ilícita cuando se lleva a cabo mediante el acceso, apropiación o copia no autorizada de cualquier soporte que contenga el secreto empresarial o a partir del cual se pueda deducir; o cualquier otra actuación contraria a las prácticas comerciales leales.
  2. Del mismo modo, también se considera que su utilización o revelación es ilícita cuando ha sido obtenido de forma manifiestamente irregular; o se ha incumplido un acuerdo de confidencialidad u obligación similar.

Con esto, tenemos dos claras referencias de esta Ley para enmarcar su ámbito de aplicación. No queremos dejar de remarcar la mención explícita a los aspectos laborales a considerar, que los hay.

Es relevante destacar la importancia de que exista en las empresas una verdadera cultura en este ámbito, desarrollando de esta forma normas internas, a modo de protocolos de actuación, que fijen aspectos tales como:

  1. El nivel de acceso a la información.
  2. Las medidas de tratamiento y de integridad.
  3. Las políticas de uso de los dispositivos a los que accedan los empleados para la utilización de esa información.
  4. Los sistemas de trazabilidad respecto a los accesos a los datos más relevantes de las compañías.

No nos va a ser suficiente con desarrollar exclusivamente cláusulas de confidencialidad tipo en los contratos de trabajo de nuestros empleados, o incluso con aquellos acuerdos con terceros que interactúen en nuestras relaciones contractuales. Es del todo recomendable contar con la figura de un «responsable de riesgos» que proteja los secretos y aplique los protocolos internos al respecto que hemos apuntado anteriormente.

Como vemos, esta Ley genera un nuevo puesto definido dentro de las estructuras empresariales en el que tendremos que trabajar su desarrollo, cualificación y su específico papel dentro de las empresas. Desde Scentia Alliance podemos ayudarte a hacer todo esto: contacta con nosotros y comencemos a trabajar.

Video-píldoras: Diferencias entre Objetivos y Metas

Si todavía no has visitado nuestro canal de Youtube, te contamos que desde Diciembre estamos publicando unas pequeñas video-píldoras: videos de 2 o 3 minutos sobre gestión empresarial, productividad, o gestión de equipos.

A continuación tienes la siguiente píldora que publicamos después de hablar sobre Tareas de Alta Rentabilidad. En esta ocasión, nuestro socio Gregorio Acedo te explica las diferencias entre un Objetivo y una Meta.

Taller: «Herramientas Innovadoras para Mejorar la Productividad Empresarial»

Nos complace anunciar que participaremos en el próximo Focus PYME y Emprendimiento, que se celebra el próximo 30 de Noviembre de 9h a 14.30h en el Auditorio y Palacio de Congresos de Castellón.

Concretamente, nuestro socio Gregorio Acedo será uno de los 3 ponentes del Taller «Herramientas Innovadoras para Mejorar la Productividad Empresarial». En este taller, que se impartirá de 9h a 10h, se mostrarán herramientas para mejorar la productividad empresarial, y generar equipos de trabajo de alto rendimiento. 

Puedes inscribirte gratuitamente en la web de Focus PYME y Emprendimiento.

Tras el evento, aquí os dejamos algunas fotos:

Taller de Trabajo con ADL: Productividad Empresarial y Dirección de Equipos de Trabajo

Siguiendo con nuestra temporada de eventos, te avisamos de que el próximo 29 de Noviembre, nuestro socio Gregorio Acedo impartirá el taller de 4 horas «Productividad Empresarial y Dirección de Equipos de Trabajo» que co-organizamos junto a ADL (Asociación para el Desarrollo de la Logística).

El taller durará 4 horas presenciales, con un coste de 80€, y se impartirá el 29 de Noviembre de 09:30h a 13:30h en:

Edificio Destro – Ronda Narciso Monturiol, 6
Parque Tecnológico 46980 Paterna (Valencia)

Puedes inscribirte online a través de la web de ADL.

Nuestro objetivo en este taller es dar herramientas para mejorar la productividad de las empresas,  y liderar y motivar a tu equipo de trabajo a producir. Atendiendo al taller, conseguirás:

  • Descubrir las bases y fundamentos de cómo mejorar la productividad de tu empresa de una manera medible y durable en el tiempo.
  • Conocer de primera mano las habilidades para liderar y motivar a tu equipo de trajo a producir.
  • Descubrir cuales son los hábitos de los profesionales y empresas de éxito.
  • Aprender cuales son los métodos de seguimiento y medición de resultados de las metas SMART de una empresa.

Por tanto, el taller se dirige de forma natural a:

  • Gerentes de empresas
  • Empresarios de cualquier sector
  • Responsables de RRHH
  • Cuadros directivos

Recuerda que puedes inscribirte online en el taller a través de la web de ADL. ¡Esperamos verte allí!

Tras el evento, aquí os dejamos algunas fotos: